Hidalgo deberá publicar registro de deudores alimentarios morosos a partir del 29 de diciembre
- El Informador de Hidalgo
- 31 dic 2025
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A partir del 29 de diciembre, las autoridades estatales estarán obligadas a publicar el registro dedeudores alimentarios morosos, en apego a la protección de datos personales, tras la entrada en vigor de una reforma a la Ley para la Familia, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH).
De acuerdo con el decreto, la incorporación al registro procederá cuando una persona incumpla con el pago de la pensión alimenticia durante un periodo de 90 días naturales, ya sean consecutivos o discontinuos en el transcurso de un año. La reforma establece que entrará en vigor un día después de su publicación oficial.
Al respecto, la diputada local Karla Perales destacó que el Congreso del Estado avaló la iniciativa para hacer pública la lista de deudores alimentarios; sin embargo, precisó que aún está pendiente la aprobación de una propuesta para que el Tribunal Superior de Justicia de Hidalgo sea la instancia encargada de administrar y actualizar dicho registro.
La iniciativa señala que toda persona obligada al pago de pensión alimenticia mediante sentencia firme o convenio ratificado ante un juez que incumpla con esta obligación será considerada deudora alimentaria morosa, salvo que acredite estar al corriente en los pagos, liquide la deuda o formalice el mecanismo de descuento correspondiente.
En caso de no desvirtuar el incumplimiento, el juez de lo familiar ordenará de manera inmediata la inscripción en el registro, el cual será de carácter público, conforme a lo establecido en las leyes de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados.
La reforma argumenta que garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, moral y social es una responsabilidad del Estado, por lo que se deben implementar todas las medidas necesarias para asegurar el pago oportuno de las pensiones alimenticias.
Asimismo, subraya que las infancias tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento, principios que deben guiar el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas dirigidas a este sector de la población.
La legislación también recuerda que cualquier persona que ejerza la patria potestad, tutela o guarda y custodia tiene la obligación de garantizar los derechos de los menores a su cargo. En este contexto, en 2023 las autoridades federales crearon el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, cuya finalidad es concentrar información sobre deudores alimentarios en todo el país.
Dicho registro es público y está sujeto a la Ley General de Protección de Datos Personales, por lo que las entidades federativas deberán suministrar, intercambiar, sistematizar y actualizar la información relacionada con el incumplimiento de obligaciones alimentarias a través de los sistemas tecnológicos del DIF nacional.






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